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Requisitos necesarios para presentarte a las oposiciones de la Guardia Civil

La Guardia Civil es una de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado español encargada de mantener la seguridad ciudadana y proteger a los ciudadanos. Si deseas formar parte de esta organización, debes cumplir con los requisitos necesarios para presentarte a las oposiciones. En este artículo, te presentaremos los requisitos que debes cumplir para presentarte a las oposiciones de la Guardia Civil.

Requisitos

Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:

Poseer la nacionalidad española.
No estar privado de los derechos civiles.
✅ Carecer de antecedentes penales.
✅ No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
✅ No haber sido inhabilitado para el servicio de la Administración Pública.
✅Haber cumplido 18 años y no superar los 40 años, en el mismo año de la convocatoria.
✅ Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios.
Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.

Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.

Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.

Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
✅ Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley.

Se permitirán, cuando no estén incursos en las prohibiciones anteriores, los tatuajes o parte de los mismos que sean visibles vistiendo el uniforme de uso general de la Guardia Civil.

Asimismo, estarán prohibidas las argollas, espigas, inserciones, automutilaciones, pegatinas,dilataciones y similares, así como los implantes microdermales o subcutáneos y perforaciones distintas a las destinadas para el uso de pendientes, cuando sean visibles al vestir las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme de la

Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general de acuerdo a la normativa que lo regula.


Si desde la publicación de la lista definitiva de admitidos a las pruebas hasta la fecha de publicación de los propuestos como alumnos se tuviera conocimiento de que cualquiera de los participantes en el proceso selectivo no reúne, o pierde alguno de los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria, el Tribunal de Selección acordará su exclusión mediante resolución motivada y anulará todas sus actuaciones, perdiendo los derechos o expectativas derivadas de su condición inicial de aspirante.

 

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